La Corte Suprema de Justicia rechazó el pedido de Alba Rueda, Representante Especial de Argentina sobre Orientación Sexual e Identidad de Género del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, de rectificar la identidad de género en sus registros de bautismo y confirmación. “Mi nombre es Alba Rueda y soy activista trans, travesti y también soy Cristiana. Soy Alba Rueda en el trabajo, en mi casa, en la universidad, pero no en la Iglesia porque ésta se niega a llamarme por mi verdadero nombre”, denunció la funcionaria en sus redes sociales. La decisión se conoció el pasado 20 de abril.
En 2018 se inició el pedido de modificación del acta bautismal y certificado de comunión y confirmación ante el Arzobispado de Salta, provincia de la que Rueda es oriunda, con la finalidad de que se respete su identidad de género. Desde allí le respondieron que la Ley de Identidad de Género es una “ficción jurídica” y que no cambiarían sus documentos. “El Arzobispado se negó porque el derecho canónico considera mi identidad, mi dni, la ley de identidad de género y mi existencia como una ficción. Esto me llevó a iniciar acciones judiciales en contra de la Iglesia Católica y a realizar toda una serie de litigios en los que he perdido sistemáticamente por decisiones judiciales”, explicó la funcionaria en el video que publicó.
Cuando en noviembre de 2019 la activista realizó nuevamente el reclamo, esta vez ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, también se rechazó la solicitud. Fue así que acudió ante La Corte Suprema de Justicia de la Nación con el acompañamiento de 40 organizaciones de Derechos Humanos y diversidad sexual, quienes presentaron amicus curiae solicitando una audiencia pública. “En esta instancia la Corte Suprema confirmó la posición del Arzobispado y dijo que no es discriminatorio que la Iglesia me niegue la identidad. Pretenden que deje de ser quien soy si quiero participar de la vida religiosa. Y como yo, todas las personas lesbianas, gays, travestis, trans y no binaries somos negadas y discriminadas también en nuestras iglesias”.
También podés leer: Alba Rueda y la reivindicación del sujeto político trans
Recientemente la Corte confirmó el rechazo de la Cámara y respondió amparándose en el principio de neutralidad religiosa del Estado, que figura en en el artículo 2° de la Constitución Nacional. En ese sentido, consideró que la práctica religiosa es un hecho de “índole privada”: “La forma y el contenido de los registros sacramentales, como así también lo atinente a su modificación o alteración, son temas exclusivamente vinculados con la realización de los fines específicos de la Iglesia Católica”, anuncia el fallo firmado por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rozencratz, y también se obliga a la denunciante a pagar las costas del juicio.
Rueda informó que iniciará acciones en el sistema internacional de Derechos Humanos. Esta sentencia me obliga dolorosamente a denunciar a mi país en sede internacional, para que Argentina, el país pionero en reconocer los derechos de las personas travestis-trans, reconozca que la iglesia también tiene que respetar nuestra identidad y las leyes argentinas.