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Cuota alimentaria extraordinaria e inicio de clases: reclamarla es tu derecho

Cuota alimentaria e inicio de clases
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En marzo siempre se da el pico más alto de consultas por reclamos de cuota alimentaria. El motivo principal de la búsqueda de asesoría legal es el tiempo y el dinero que las madres deben destinar al inicio de clases.

No importa si es educación pública o privada, marzo exige un sinfín de compras, y como si eso fuera poco, se debe contar con tiempo para poder buscar precios, para acudir a las reuniones —que siguen siendo de padres— y a la adaptación de niños y niñas que asisten al jardín.

Según los últimos datos de UNICEF (2023), solo el 44 por ciento de las madres que maternan solas perciben cuota alimentaria de parte del progenitor no conviviente. De ese porcentaje, una parte lo hace voluntariamente, a otra se le debió recordar su obligación,  mientras que otros lo hacen obligados judicialmente e, incluso, hubo que embargarles el sueldo. 

Los números nos dicen que los padres no convivientes presentan serias dificultades al momento de cumplir con la obligación alimentaria que deriva de su responsabilidad parental de manera regular. Por eso el inicio de clases es un momento de gran tensión familiar.

¿Sabías que existe la cuota extraordinaria?

A la hora de determinar la suma de la cuota alimentaria se deben tener en cuenta todos los gastos para el desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social de niñas y niños. Es por eso que quienes hayan pasado por un reclamo judicial de esta clase, saben que es necesario hacer una liquidación de los gastos mensuales y habituales. 

Si bien en la actualidad existe el “Índice de Crianza” —que es de gran ayuda en sede judicial—, lo cierto es que el mismo es una referencia que no aplica a todas las familias ya que no contempla muchos ítems, como por ejemplo, la salud privada. 



Ahora bien, gastos extraordinarios son aquellos que no han podido preverse con antelación y que deben ser afrontados por ambas partes.

Y acá se abre un debate: ¿los gastos del inicio de clases son extraordinarios? O por el contrario, ¿es posible preverlos?

Cada familia es un mundo, por eso habrá quienes prorrateen el gasto del inicio de clases en las cuotas de todos los meses y otras que expresamente dejen por escrito que serán considerados extraordinarios por ser una vez al año y por el gran gasto que implican.

La realidad es que en un escenario inflacionario como el actual, lo más recomendable es considerarlo un gasto extraordinario. Esto quiere decir que a la cuota mensual y habitual, en los meses en los que haya que adquirir elementos para el inicio de clases, se le sumará un monto adicional para responder a estos gastos. En qué proporción aportarán cada una de las partes dependerá de las posibilidades económicas de cada una de ellas y de los acuerdos que hagan.


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Detrás de los números hay historias

Paola es mamá de Fabricio de 7 años, con quien convive. El papá del niño tiene trabajos informales y poco contacto con su hijo. En concepto de cuota alimentaria abona una suma que él mismo decide y cuando él lo considera conveniente. 

Para ella, el inicio de clases es un dolor de cabeza en términos económicos. De su sueldo, el que apenas alcanza para llegar a fin de mes, se debe comprar el guardapolvo, los útiles y los botines para fútbol. 

Cuando realiza los gastos extraordinarios, le manda por WhatsApp al progenitor los comprobantes de pago solicitando que aporte lo que pueda, aunque le gustaría que pueda pagar la mitad. Al padre de Fabricio siempre todo le parece caro y discute cada uno de los gastos. Ella sabe que, a esta altura, en su caso particular, el trabajo de cuidado nunca podrá ser valorado, pero cree que cuándo este último sea grande recordará con amor las tardes forrando cuadernos antes de empezar el cole. 

Mariana está separada de hecho y es mamá de Joaquín de 9 años, con quien convive. Él concurre a un colegio privado y dos tardes a la semana va al club a practicar natación. Según relata, “por suerte” no tiene mayores inconvenientes para que el papá de su hijo afronte los gastos extraordinarios del inicio de clases y que, incluso, debido a que él tiene ingresos notablemente superiores, afronta cerca del 75% de estos gastos.

Para muchas su situación es privilegiada y ella lo sabe. Sin embargo, no puede dejar de mencionar el tiempo que ella dedica para conseguir las etiquetas con los dibujos que quiere Joaquín, la mochila y las zapatillas, busca precio constantemente porque le da culpa aportar menos económicamente. 

Mariana comienza en diciembre del año anterior a buscar precios, hacer compras y preparar la mochila, decidir si seguirá yendo al mismo club o si quiere comenzar una nueva actividad, conversar con otras madres sobre qué hacen sus hijos, qué referencias tienen y luego ver si todo eso encuadra en el esquema de su trabajo remunerado en una empresa.

¿Qué quiere decir esto? Que si bien el trabajo de cuidado hoy está en parte reconocido (y en algunos casos), debemos determinarlo a la hora de fijar la cuota alimentaria principal ya que difícilmente pueda considerarse a la hora de pagar la mochila, los libros y el equipo deportivo.

Cómo acordar la cuota extraordinaria 

Cuando hablamos de tiempo y de dinero, la balanza cae siempre para el mismo lado: son mayormente las madres quienes ponen todos sus recursos y, entonces, pareciera que adquieren la habilidad de saber cuánto cuestan las cosas.

Es que, aunque suene ilógico, muchas propuestas efectuadas de los padres no convivientes a quienes maternan solas son tan ínfimas que parecen de alguien que desconoce cuánto sale comprar un cuaderno.

Aunque implica un trabajo extra al que ya tienen, convocar al diálogo, negociar y acordar es parte fundamental para lograr que las obligaciones se repartan.


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Las mediaciones familiares —que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son obligatorias para la fijación de cuota alimentaria— son espacios respetuosos donde las partes, acompañadas de su abogado o abogada, buscarán acordar la fijación de una cuota alimentaria, la cláusula de ajuste de la misma y la forma en la que pagarán los gastos extraordinarios. No hay etapas probatorias, no es necesario demostrar nada, solo se trata de conversar y acordar.

Como dice la abogada Andrea Efrón, escritora y especialista en mediaciones familiares, la instancia de mediación familiar busca tender puentes para cuidar vínculos ya que, aunque la pareja no haya funcionado, siempre tendrán un hijo o hija en común.

Aquello que se acuerde en esta instancia a la que se puede acudir aun sin ser obligatoria, será exigible con la misma fuerza que una sentencia judicial, por eso es obligatorio acudir con un representante legal.

La diferencia de esta instancia respecto de los reclamos judiciales radica en la duración, el costo y, fundamentalmente, en el protagonismo de las partes ya que son escuchadas en todo momento.

En una época donde prima la incertidumbre y también la desesperación, donde Argentina tiene la canasta escolar "más cara del mundo", acordar o incluso rever viejos convenios puede ser una gran salida.


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