Foto de portada: Victoria Eger
Paola Contreras vive en La Pampa, es madre protectora y lucha contra el sistema judicial para que las víctimas de abuso sexual y sus familias no pasen por lo que ella vivió: la revictimización constante de su hija en los alegatos de la defensa del abusador y la inoperancia institucional que sigue permitiendo este tipo de prácticas. Paola denunció ante el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de La Pampa a Mario Aguerrido y Raúl Quiroga, equipo defensor de Gonzalo Escobar que, si bien fue condenado a 20 años de prisión por abuso sexual hacia las infancias, en el proceso judicial no se actuó con la debida perspectiva de género.
Gonzalo Escobar, abusador de la hija de Paola, fue condenado a 20 años de prisión por ese hecho y el abuso de otras tres menores de edad en noviembre de 2020 en la ciudad de General Pico, La Pampa. Concretamente los jueces lo condenan como autor material y como autor penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda como delito continuado”, en perjuicio de cuatro menores de 11, 13 y 16 años. Escobar, quien en ese momento tenía 24, era el profesor de una escuela de baile muy popular en General Pico donde asistían las niñas. El espacio es ampliamente reconocido y acuden casi un centenar de alumnxs.
A finales de 2019, las familias de tres adolescentes denunciaron los abusos. El 22 de noviembre fue detenido y luego llegó al juicio. En la feria judicial se agregó otra denuncia y durante la pandemia se realizó la investigación. Entre octubre y noviembre del año pasado se realizaron las audiencias de juicio oral. Paola, acompañada por su abogada Leticia González, fue la primera en denunciar y abrir la causa contra Escobar.
El juicio
La pena fue ciertamente ejemplar: por primera vez en La Pampa se aplica una condena de 20 años para un delito sexual. Hacia finales de noviembre se leyó la sentencia luego de la audiencia de debate de fijación de la pena, realizado el 18 de noviembre de 2020.
La causa tuvo un desarrollo ágil, ya que entre la denuncia y la condena de la Audiencia de Juicio de General Pico, incluido el juicio oral, pasó un año y luego, entre la condena y su confirmación por parte del Tribunal de Impugnación Penal, tres meses (sumando la feria de enero). Sin embargo, es destacable que el debate fue desarrollado en dos etapas. La defensa solicitó la “cesura del debate'', figura establecida en el Código Procesal Penal y que permite la división de dicho debate cuando la pena supere los seis años. Durante los días 14, 15, 16, 19, 20 y 23 de octubre se debatió la participación o no del imputado en los delitos de los que era acusado y sus abogados Mario Aguerrido y Raúl Quiroga sostuvieron en la defensa un discurso misógino, violento y revictimizante.
Entrevistada por Feminacida, Paola Contreras relata: "Ambos letrados coincidían en que la edad biológica de mi hija era de 11 años, pero que en la Cámara Gesell se observaba que parecía más grande, que era una nena con 'bastantes características particulares' para su edad, que 'carecía de referentes afectivos', como si todos estos fueran motivos para abusar”. El adjetivo utilizado fue “pizpireta” para definir esa condición de presunta madurez que justificaría la relación con el abusador, además de responsabilizar a la propia Paola por los abusos. En diálogo con un cronista de Clarín, la abogada de Contreras comentó: “Escobar pone en un lugar de paridad a las chicas. Dijo que estaban celosas, que competían por él. Y que se le dió”. "En la audiencia donde pide perdón, la mira a la madre y le dice: 'vos sabías que esto podía pasar' ¡A la madre! Esto de echarle la culpa a la familia de la víctima, no deja dudas que el arrepentimiento fue planificado”, agregó.
El derecho a la defensa no debería sobrepasar el derecho de la víctima, sobre todo en un caso de violencia de género o abuso sexual en las infancias. “Pero esto no es que me pasó a mí. Esto pasa siempre dentro de las salas judiciales: este discurso machista que revictimiza a las víctimas y a las mamás. Que las culpabilizan, hablan de sus personalidades, que tienen frases discriminatorias, que casi rozan la perversión. Justificar que una nena pudo prestar su consentimiento para tener relaciones sexuales con un adulto es violencia. Normalizar esto dentro de las salas judiciales, esté o no esté presente la madre”, explica Paola. Además, en su denuncia agrega que “la fiscala Ana Laura Rufini y la abogada Leticia Gonzales, también fueron violentadas a lo largo del proceso. Aguerrido calificó de ‘sentimentales’ los alegatos de las profesionales”.
Un largo camino hacia la denuncia
Paola no decidió denunciar a los abogados defensores de Escobar de un día para otro. Una vez finalizado el juicio tuvo que pasar por un largo proceso personal y familiar. “Veníamos muy cansados de un debate larguísimo, de un año pasando por los procesos judiciales que son eternos. Estaba la duda de si lo hago o no lo hago, si sigo en la lucha. Ataca muchas cosas que son emocionales: son tipos que trabajan de esto, la corporación de los abogados es históricamente machista y poderosa, que se protegen entre ellos, con mucho poder político”, relata.
Mario Aguerrido, abogado defensor de Escobar, trabajó durante muchos años en el estudio de Juan Carlos Tierno, ex ministro de Seguridad de La Pampa, ex intendente de la Ciudad de Santa Rosa y candidato a gobernador, entre otros cargos en su carrera política. Además, fue uno de los colegiados convocados para revisar el Código Procesal Penal de la provincia. Muy pocos medios locales le dieron relevancia a la noticia de la denuncia. En Santa Rosa, medios populares o de corte autogestivo como Radio Kermés o La Reforma de General Pico siguen de cerca el tema, mientras que en La Arena, uno de los medios gráficos y radiales con más llegada en la provincia junto con su emisora “Radio Noticias”, publicaron una entrevista el 22 de febrero de 2020 a Aguerrido llamándolo el “abogado impertinente”, alguien que se “desentiende” de los protocolos. Cabe mencionar que Escobar no es el primer acusado de abuso sexual al que defiende Aguerrido.
En su proceso Paola no estuvo sola, su denuncia -presentada el 22 de mayo de este año- fue acompañada por la Asamblea de Mujeres de General Pico compuesta por distintas colectivas y mujeres independientes. También fue fundamental el apoyo de la actriz Thelma Fardín a quién Paola recurrió por las redes sociales. Fardín, sobreviviente de abuso, ofreció sus redes a Paola y la puso en contacto con Carlos Rozansky, ex Juez de la Cámara Federal. Con el sustento del juez, la denuncia cobró un marco legal al incluir los diferentes tratados internacionales como la Convención Interamericana de Belem Do Pará (Ley 24.632) para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y las leyes nacionales como la 26.485 de Protección Integral a las mujeres. Durante los alegatos de los defensores, tampoco se tuvo en cuenta Convención sobre los Derechos del Niño (Ley 23.849) y la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley 26.061) que garantizan el derecho a que se respete la dignidad e integridad personal de todx niñx y a no ser sometidos a tratos violentos, discriminatorios, vejatorios.
Aunque Paola presenta sobradas pruebas no solo en el marco legal que da lugar a su denuncia, sino también en el ofrecimiento de los audios del juicio para corroborar sus dichos, la denuncia fue desestimada por el Colegio de Abogados sin una respuesta formal y sin la apertura de una investigación previa por parte del Tribunal de Ética. A finales de julio, el Consejo Provincial de la Niñez y Adolescencia de La Pampa se reunió y aprobó por unanimidad en su asamblea pedir al Colegio de Abogados un informe sobre el tratamiento que se le dio a la denuncia de Paola, ratificada por la fiscala Ana Laura Ruffini, a la vez que exige otro informe respecto de si se han realizado capacitaciones a lxs matriculadxs en el marco de la Ley Micaela.
Mientras tanto, los abogados defensores siguen presentando apelaciones en distintas instancias. Últimamente, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el recurso de extraordinario federal en el que la defensa refirió que hubo un error en la aplicación de la agravante "guarda" y que "no tuvo nada ver con los hechos, tal como fueron acreditados en la causa", entre otras cuestiones como que tal punto no fue evaluado por la casación, debido a que "se antepusieron cuestiones formales al derecho de defensa". Además, catalogó a la decisión como arbitraria porque "se prescindió de una prueba decisiva". La impunidad del sistema sigue, los procesos judiciales se alargan y como si fuera poco, Paola Contreras junto con otras madres y grupos feministas denunciaron hacia finales de mayo de este año que Escobar contactaba mujeres desde la cárcel por una red social de citas.
Paola Contreras pudo presenciar el discurso misógino de la defensa en la sala judicial aunque era un debate cerrado porque se constituyó como querellante, según lo establece la Ley de Víctimas 27.372. Dicha ley busca, entre otros objetivos mencionados en el artículo 3, “reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos”. Si bien la sanción de la ley es reciente, Paola se organiza con otras compañeras y busca que tanto madres y víctimas de violencia de género conozcan sus derechos. Porque calladas, nunca más.